¿Busca abogado especialista en delitos de resistencia y atentado a la autoridad en Madrid? Podemos ayudarle.

En Dexia Abogados somos especialistas en derecho penal y ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en delitos de resistencia y atentado contra la autoridad.

Arturo González Pascual, abogado penalista en Madrid
Arturo González Pascual, abogado penalista y socio director de Dexia Abogados

Resistencia y Atentado a la Autoridad

Los delitos de atentado y resistencia contra la autoridad se regulan a partir del artículo 550 del Código Penal español.

Tanto los atentados (agresiones, intimidación grave o violencia) como la resistencia o la desobediencia a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos, pueden suponer importantes penas de prisión y multa.

1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.

2. Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.

(...)

Artículo 550 del Código Penal

1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Artículo 556.1 del Código Penal

Podemos ayudarle

Si se encuentra ante un procedimiento penal por un delito de atentado o resistencia a la autoridad, es recomendable que cuente con los servicios de un abogado penalista a la mayor brevedad que le ayude durante todo el proceso.

En Dexia Abogados somos expertos en derecho penal y nuestro principal objetivo es buscar en todo momento la mejor solución para nuestros clientes.

Contacte con nosotros e infórmese sin compromiso. Le ayudaremos.

Delito de atentado contra la autoridad

El delito de atentado contra la autoridad y sus agentes consiste en agredir u oponer resistencia grave a la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. El objetivo es proteger la dignidad de los poderes públicos y su buen funcionamiento.

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El delito de desobediencia a la autoridad en el Código Penal

El delito de desobediencia a la autoridad se produce cuando una persona, consciente e intencionalmente, se niega a obedecer el mandato de la autoridad. Esta autoridad a la que se desobedece, puede ser la propia persona que desempeña un cargo pertinente o sus agentes en funciones que actúan cumpliendo  sus órdenes.

También se considera delito de desobediencia el no acatamiento de órdenes de un superior jerárquico. Este delito está contemplado en el artículo 556.1 del Código Penal, y forma parte de los delitos contra el Orden Público.

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