¿Busca abogado especialista en juicios rápidos en Madrid? En Dexia Abogados podemos ayudarle.

Somos expertos en derecho procesal penal y ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en juicios rápidos. Desde nuestro despacho de abogados penalistas en Madrid buscaremos en todo momento la mejor solución para usted.

Arturo González Pascual, abogado penalista en Madrid
Arturo González Pascual, abogado penalista y socio director de Dexia Abogados

Especialistas en Juicios Rápidos

Los juicios rápidos son procedimientos judiciales en los que se juzgan hechos presuntamente delictivos cuya característica principal es que sus penas máximas son inferiores a los cinco años de prisión. Además, los delitos deben considerarse flagrantes y la instrucción se debe presuponer rápida y sencilla.

Es necesario que el proceso penal se inicie a partir de un atestado policial, en la que los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado involucrados hayan puesto a la persona o personas implicadas a disposición del Juzgado de Guardia, o bien hayan emitido una citación para comparecer ante dicho juzgado sin mediar una detención.

Los delitos que pueden ser juzgados en un juicio rápido son:

Si se ha visto involucrado en un proceso de juicio rápido en Madrid, es importante que para poder preparar con las mayores garantías su estrategia de defensa reciba asesoramiento de un abogado penalista.

¿Cómo actuar?

Si ya ha recibido la citación con la fecha y hora de la celebración del juicio rápido, o bien está a punto de recibirla, debe ponerse en contacto con un abogado penalista a la mayor brevedad.

El tiempo es un factor decisivo para preparar adecuadamente la estrategia de defensa.

Contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

Le asesoraremos sobre los pasos a seguir para que su juicio rápido se resuelva con el mejor resultado posible para sus intereses.

Juicio rápido: qué es y cómo se tramita

Un juicio rápido es un proceso penal en el que se efectúa la investigación y resolución de ciertos delitos de manera rápida. Para su tramitación se exigen unos requisitos muy concretos, que aparecen regulados en los artículos 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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