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En Dexia Abogados somos especialistas en derecho penal y ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en todo tipo de casos relacionados con robos.

Especialistas en Robos
El robo es un delito contra el patrimonio que consiste en apropiarse de los bienes o los derechos de otra persona y se encuentra regulado a partir del artículo 237 del Código Penal español.
Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.
Pueden distinguirse dos tipos generales de robos:
- El robo con fuerza en las cosas
- El robo con violencia o intimidación en las personas
Es importante no confundir el robo con el hurto. Se trata de delitos diferentes: en el hurto no se emplea la fuerza en las cosas ni la violación o intimidación en las personas y, además, el robo supone penas de prisión superiores a las del hurto.
Si se encuentra en un procedimiento penal por un delito de robo en Madrid, ya sea como acusado o como víctima, es imprescindible que cuente con los servicios de un abogado penalista que le ayude durante todo el proceso.
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Somos expertos en delitos contra el patrimonio en Madrid y nuestro principal objetivo es buscar la mejor solución para nuestros clientes.
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Diferencia entre robo y hurto
Aunque a menudo las palabras robo y hurto se utilicen como sinónimos, en realidad se trata de dos delitos diferentes y términos jurídicos con distinto significado.
¿En qué se diferencian exactamente el robo y el hurto? Lo explicamos a continuación.
Los delitos de robo y hurto de uso de vehículos
Existen determinados casos en los que al hurtar o robar un vehículo, se comete un tipo penal específico: el robo o hurto de uso de vehículos. A continuación analizamos en qué consisten estos delitos, cómo se regulan en el Código Penal español y cuáles son sus consecuencias.
El delito de robo con violencia
El hecho de apoderarse de cosas ajenas puede constituir un delito de hurto, si no se emplea fuerza o violencia, o de robo, si se ejerce fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas, siendo este último el supuesto que se castiga con penas más severas, debido a su mayor gravedad.
En el delito de robo con violencia concurren el apropiamiento de cosas ajenas con la agresión a las personas, circunstancias que justifican un castigo mayor.
A continuación, vamos a ver en qué consiste el delito de robo con violencia o intimidación en las personas y cuándo se entiende cometido.
El delito de robo con fuerza en las cosas
El empleo de la fuerza para apropiarse de cosas ajenas es el principal requisito que diferencia un delito de hurto de un delito de robo, correspondiendo al segundo una pena considerablemente superior.
El delito de robo contempla dos posibilidades: el empleo de fuerza en las cosas o el empleo de violencia o intimidación sobre las personas. En este artículo vamos a analizar el delito de robo con fuerza en las cosas.
El método del abrazo, ¿hurto o robo?
El “método del abrazo” se puede describir como la técnica consistente en “abrazar” o rodear con los brazos a una persona, bajo cualquier pretexto o excusa, con la finalidad de aprovechar su desconcierto para sustraerle algún bien. Esta práctica está aumentando en España en los casos de sustracciones de joyas a personas de avanzada edad.
Cabe preguntarse si al usarse el “método del abrazo” se está cometiendo un delito de hurto o de robo.
