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En Dexia Abogados somos especialistas en derecho penal y ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en la resolución de todo tipo de casos relacionados con el delito de acoso.

Delitos de Acoso
El acoso constituye un delito contra la libertad y se regula dentro del delito de coacciones. Este delito, también denominado stalking, de forma general consiste en acechar a una persona de manera reiterada e insistente alterando gravemente el desarrollo de su vida diaria.
La tipificación genérica de cualquier acción de acoso se introduce en el Código Penal a partir del año 2015 en su artículo 172 ter.
1. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de esta forma, altere el normal desarrollo de su vida cotidiana:
1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.
3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.
4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.
Cuando la víctima se halle en una situación de especial vulnerabilidad por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o por cualquier otra circunstancia, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.
Si se encuentra en un procedimiento penal por un delito de acoso en Madrid, ya sea como acusado o como víctima, es imprescindible que cuente con la asistencia de un abogado penalista que le ayude durante todo el proceso.
Podemos ayudarle
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El delito de acoso en el Código Penal
El Código Penal tipifica el acoso como una conducta independiente de otras como el acoso sexual. A continuación explicamos en qué consiste el delito de acoso.
Con carácter general, para perseguir penalmente a una persona por este delito, es necesaria la interposición de denuncia de la persona agraviada o su representante legal.