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Delito de Blanqueo de Capitales
El blanqueo de capitales es un delito económico que consiste en realizar actos dirigidos a ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes, o bien en prestar ayuda a quien haya realizado dichos actos.
Este delito se encuentra recogido en el artículo 301 del Código Penal, dentro del título XIII (delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico) Capítulo XIV (de la receptación y el blanqueo de capitales):
1. El que adquiera, posea, utilice, convierta, o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por cualquiera tercera persona, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes. En estos casos, los jueces o tribunales, atendiendo a la gravedad del hecho y a las circunstancias personales del delincuente, podrán imponer también a éste la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión o industria por tiempo de uno a tres años, y acordar la medida de clausura temporal o definitiva del establecimiento o local. Si la clausura fuese temporal, su duración no podrá exceder de cinco años.
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Este delito de blanqueo de capitales, también conocido como lavado de dinero, es de carácter doloso, ya que, se requiere que la persona que lo comete haya actuado con el conocimiento de que dichos bienes provenían de una actividad delictiva.
Dado que el blanqueo de capitales implica la incorporación al mercado lícito de una serie de bienes con origen delictivo, está relacionado con otros delitos como el tráfico de drogas, la estafa o la receptación.
Podemos ayudarle
Si se encuentra ante un procedimiento penal por un delito de blanqueo de capitales en Madrid, es imprescindible que cuente con los servicios de un abogado penalista que le ayude durante todo el proceso.
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El delito de autoblanqueo en el Código Penal
La reforma del Código Penal introducida por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, incorporó la tipificación expresa del delito de autoblanqueo. De este modo, se puso fin a la duda de si podía cometer un delito de blanqueo de capitales la misma persona autora del delito del que procedían los bienes a blanquear.
El blanqueo de capitales: concepto, penas y relación con los paraísos fiscales
Entendemos por blanqueo de capitales, el proceso o conjunto de operaciones mediante el cual los bienes o el dinero resultantes de actividades delictivas, ocultando tal procedencia, se integran en el sistema económico y financiero.