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En Dexia Abogados somos expertos en derecho penal económico y ponemos a su disposición nuestra amplia experiencia en procedimientos penales por delitos de apropiación indebida.

Apropiación Indebida
La apropiación indebida es un delito económico que consiste en adueñarse, en perjuicio de otra persona, de cosas muebles (dinero, efectos, tarjetas...) que se han recibido con la obligación de entregarlos o devolverlos.
Es una acción delictiva dolosa que persigue obtener un beneficio propio o para un tercero, provocando un perjuicio patrimonial para el propietario legítimo de la cosa mueble.
Este delito se encuentra regulado en el artículo 253 del Código Penal español y se castiga con la pena de prisión de 6 meses a 3 años.
1. Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, del artículo 250, salvo que ya estuvieran castigados con una pena más grave en otro precepto de este Código, los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido.
Si se encuentra ante un procedimiento penal por un delito de apropiación indebida en Madrid, ya sea como acusado o como víctima, es importante que cuente con los servicios de un abogado penalista que le ayude durante todo el proceso.
Podemos ayudarle
Somos abogados penalistas en Madrid expertos en apropiaciones indebidas y nuestro principal objetivo es buscar en todo momento la mejor solución para nuestros clientes.
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¿Qué es la apropiación indebida?
¿Qué entendemos por apropiación indebida? Podríamos decir que hay apropiación indebida cuando, quien recibe la cosa por título que produzca obligación de entregarla o devolverla, en lugar de ello la incorpora de modo definitivo al propio patrimonio.
Diferencia entre administración desleal y apropiación indebida
Tanto el delito de administración desleal como el de apropiación indebida son delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico tipificados en el Código Penal. ¿Pero en qué se diferencian?