El estado de necesidad como eximente de la responsabilidad penal

Estado de necesidad

El estado de necesidad es una situación que ampara a quien realiza un mal o infringe las normas jurídicas. Se trata de una causa de exención o reducción de una sanción.

La ley entiende que la necesidad exime al sujeto que comete un acto pasible de sanción de responsabilidad penal o la reduce.

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¿Qué se entiende como estado de necesidad?

El concepto de "estado de necesidad" ha sido tema de debate entre los juristas en los Tribunales. Más allá de las diferencias, se reconocen una serie de supuestos comunes a la mayoría de las opiniones.

En primer término, se aplica la Teoría de la Diferenciación, que permite reconocer un estado de necesidad justificado que es eximente de la responsabilidad criminal

El Código Penal lo contempla de forma explícita. La conducta se considera jurídicamente correcta y excluye de la culpabilidad. En este sentido no hay dudas.

La opinión mayoritaria entiende que se justifica el estado de necesidad cuando el sujeto que lesiona el bien jurídico está en una extrema tensión personal. En esta situación, la ley no podría recriminar que haya priorizado sus intereses propios por sobre los ajenos.

Se trata de la aplicación del ejemplo que los abogados conocen como “Teoría de la Tabla de Carnéades”. Dos náufragos se encuentran sostenidos por una misma tabla, que solo puede soportar el peso de uno. Uno de ellos mata al otro para salvar su vida.

El estado de necesidad en el Código Penal

El estado de necesidad está contemplado en el Código Penal en el Capítulo II, que lleva por título “De las causas que eximen de la responsabilidad criminal”.

El artículo 20.5º establece que están exentos de responsabilidad criminal:

5.º El que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:

Primero. Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar.

Segundo. Que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto.

Tercero. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.

Artículo 20.5º del Código Penal

El mismo artículo enumera las condiciones que deben coexistir para que se configure estado de necesidad a efectos de determinar la responsabilidad penal. De la valoración de la situación en la que el infractor actuó, se podrá  configurará estado de necesidad.

¿Cuáles son estas condiciones?

1. Que el mal que se causa sea menor que el que se trata de evitar

Para evaluar esta condición, el Tribunal deberá interpretar y ponderar todo lo ocurrido. Se atenderá especialmente a la proporcionalidad entre los bienes dañados y los intereses del infractor. De esta ponderación surgirá la idea de si el mal causado es mayor que el que se ha evitado.

De acuerdo a esta relación entre el mal causado y el evitado, se determinará  el grado de eximente del estado de necesidad.

  • Si el mal que se causa es inferior al que se evita, el sujeto se exime completamente de responsabilidad penal.
  • Si el mal provocado es ligeramente superior al que se evita, la exención será incompleta.
  • Y en caso de que el mal sea claramente superior al que se evita, corresponderá sanción penal.

2. Que la necesidad no haya sido provocada intencionalmente por el infractor

La situación de necesidad debe ser real.  Es decir, que no debe existir intención de provocar el conflicto que lleva al comportamiento que infringe las normas para resolverlo.

3. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse

Este tercer requisito tiene que ver con la función o rol que el sujeto desempeña.

El Código establece que  esa persona que provoca un daño por estado de necesidad, no debe tener un oficio o cargo que suponga obligación de sacrificarse.

Esta condición se basa en que existen profesiones o cargos que conllevan responsabilidad voluntaria de correr ciertos riesgos.

Es el caso de bomberos, policías, socorristas, entre otros. En estos casos, es muy complejo determinar un estado de necesidad cuando el sujeto que causa el mal se protege frente a un riesgo inherente a su cargo.

¿Qué pasa si no se cumplen las tres condiciones?

Cuando se cumplen estas tres condiciones, se podrá determinar la exención de la responsabilidad penal. En caso de que no se cumplan estos tres requisitos, el estado de necesidad será considerado una circunstancia atenuante.

Se está ante un caso de eximente incompleta, según dispone el artículo 21 del Código Penal.

Son circunstancias atenuantes:

1.ª Las causas expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos.

(...)

Artículo 21.1.ª del Código Penal

Como consecuencia, el artículo 68 del Código mencionado establece que:

En los casos previstos en la circunstancia primera del artículo 21, los jueces o tribunales impondrán la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la ley, atendidos el número y la entidad de los requisitos que falten o concurran, y las circunstancias personales de su autor sin perjuicio de la aplicación del artículo 66 del presente Código.

Artículo 68 del Código Penal

¿Cómo se llega a la situación del estado de necesidad?

Para que pueda argumentarse el estado de necesidad en caso de una infracción, además de las condiciones mencionadas antes, el Tribunal valorará otras. Una de ellas es la inminencia del mal real y grave que la infracción evitó.

Además, se considerará que hubiera sido imposible resolver el conflicto por vías lícitas a tiempo para evitar el problema. Esta inevitabilidad se interpreta en el sentido de que, en caso de inacción, el mal que se evitó se hubiera producido.

¿Es la necesidad económica eximente de la responsabilidad penal?

Especialmente en tiempos de crisis, suelen aparecer en los tribunales situaciones en las que se argumenta el estado de necesidad económica como eximente de la responsabilidad penal.

La jurisprudencia es muy cautelosa a la hora de admitir el estado de necesidad económica en general.

En especial, no suele admitirse como causa eximente en casos de tráfico de drogas, por ejemplo, ya que el bien lesionado, la salud pública, es muy superior a cualquier problema económico que pueda tener el sujeto infractor.

Se ha admitido la necesidad económica como eximente o atenuante en casos de padres que han robado porque necesitaban el dinero para una intervención quirúrgica urgente para salvar la vida de un hijo y otros por el estilo.

En todos los casos, siempre deben concurrir condiciones de verdadera angustia y situación económica extrema, acompañados de inmediatez y urgencia.

Las valoraciones del Juez o Tribunal frente a una situación de estado de necesidad exigen una actitud extremadamente objetiva y analítica. De un error se puede configurar estado de necesidad como eximente de la responsabilidad penal cuando no lo es.

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