Existen determinados casos en los que al hurtar o robar un vehículo, se comete un tipo penal específico: el robo o hurto de uso de vehículos. A continuación analizamos en qué consisten estos delitos y cuáles son sus consecuencias.
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Contacte con nosotros¿Qué es el hurto de uso de vehículos?
El hurto de uso de vehículos es un delito que consiste en sustraer o utilizar un vehículo a motor o ciclomotor ajeno sin el permiso necesario, pero sin intención de quedárselo y restituyéndolo directa o indirectamente en un plazo de no más de 48 horas.
Por ejemplo, se comete este delito si se aprovecha el descuido de un conductor para entrar en un vehículo y utilizarlo para huir de un lugar, si se abandona después en cualquier sitio antes de que hayan pasado 2 días.
¿Dónde se regula el hurto de uso de vehículos?
Este delito se encuentra regulado en el artículo 244.1 del Código Penal, que forma parte del Capítulo IV (Del robo y hurto de uso de vehículos) del Título XIII (Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico) del Libro II (Delitos y sus penas) de esta ley.
1. El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos, sin ánimo de apropiárselo, será castigado con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días o multa de dos a doce meses, si lo restituyera, directa o indirectamente, en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas, sin que, en ningún caso, la pena impuesta pueda ser igual o superior a la que correspondería si se apropiare definitivamente del vehículo.
¿Cuál es la pena del delito de hurto de uso de vehículos?
El delito de hurto de uso de vehículos se castiga con la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, o multa de 2 a 12 meses.
La pena no podrá ser superior en ningún caso a la correspondiente en caso de apropiarse el vehículo de forma definitiva.
Si transcurrido el plazo de 48 horas sin que se produzca la restitución, se aplicará la pena del delito básico de hurto.
¿Qué es el delito de robo de uso de vehículos?
Se comete un robo de uso de vehículos cuando se sustrae o utiliza sin permiso un vehículo a motor o ciclomotor ajeno, sin intención de apropiárselo y restituyéndolo directa o indirectamente en un plazo no superior a 48 horas, si se emplea fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas.
Este delito se comete por ejemplo si se accede y acciona por la fuerza un vehículo para huir de un sitio, si después se abandona en otro lugar antes de que pasen 2 días.
¿Dónde se regula el robo de uso de vehículos?
El robo de uso de vehículos se regula en los apartados 2 y 4 del artículo 244 del Código Penal, que se encuentran dentro del Capítulo IV (Del robo y hurto de uso de vehículos) del Título XIII (Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico) del Libro II (Delitos y sus penas) de esta ley.
2. Si el hecho se ejecutare empleando fuerza en las cosas, la pena se aplicará en su mitad superior.
(...)
4. Si el hecho se cometiere con violencia o intimidación en las personas, se impondrán, en todo caso, las penas del artículo 242.
Artículo 244 del Código Penal
¿Cuál es la pena del delito de hurto de uso de vehículos?
Si el delito se comete con fuerza en las cosas, la pena será la correspondiente al hurto de uso de vehículos en su mitad superior: de 61 días a 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad o multa de 7 meses (y un día) a 12 meses.
En caso de que se emplee violencia o intimidación en las personas, se impondrán las penas del artículo 242 del Código Penal. Es decir:
- Prisión de 2 a 5 años, sin perjuicio de la que pueda corresponder a los actos de violencia física realizados.
- Prisión de 3 años y 6 meses a 5 años, si el robo se comete en casa habitada, edificio o local abierto al público o a cualquiera de sus dependencias.
- Las penas anteriores en su mitad superior si el autor de los hechos ha utilizado armas u otros medios igualmente peligrosos, al cometer el delito o para proteger la huida, y si se ha atacado a las personas que han acudido en auxilio de la víctima o a los que le persigan.
- Teniendo en cuenta la menor entidad de la violencia o intimidación ejercidas, y valorando además las demás circunstancias del hecho, se podrá imponer la pena inferior en grado a las anteriores.
¿Qué ocurre si no se devuelve el vehículo después de 48 horas?
Si transcurre ese plazo, será indiferente cuál sea la finalidad con la que se hayan realizado los hechos, porque se considerarán en todo caso un hurto o robo del vehículo y no un hurto o robo de uso, conforme al artículo 244.3 del Código Penal.
3. De no efectuarse la restitución en el plazo señalado, se castigará el hecho como hurto o robo en sus respectivos casos.
Artículo 244.3 del Código Penal