El juicio rápido es un procedimiento penal especial pensado para agilizar el enjuiciamiento de ciertos delitos menos graves. Su tramitación se caracteriza por plazos breves, intervención inmediata del juzgado de guardia y la posibilidad de obtener una sentencia de conformidad con rebaja de la pena.
Pero no todos los delitos pueden someterse a esta vía. A continuación analizamos qué delitos se pueden enjuiciar mediante juicio rápido.
Podemos ayudarle
En Dexia Abogados somos abogados especialistas en juicios rápidos en Madrid. Si necesita un despacho con amplia experiencia en Derecho Penal, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
Contacte con nosotros¿Cuáles son los requisitos para aplicar el juicio rápido?
Para que un delito pueda ser enjuiciado mediante este procedimiento, deben cumplirse varios requisitos previos establecidos en los artículos 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:
- Que el delito esté castigado con pena privativa de libertad de hasta 5 años o con otra pena (multa, trabajos en beneficio de la comunidad, etc.), prevista de forma única, conjunta o alternativa, de duración no superior a 10 años, independientemente de su cuantía.
- Que la causa se inicie mediante atestado policial y que el presunto autor haya sido detenido o citado para comparecer ante el juzgado de guardia como denunciado en dicho atestado.
- Que se cumpla cualquiera de las siguientes circunstancias: que el hecho sea flagrante, que la instrucción del caso se presuma sencilla o que el hecho pertenezca a la lista de delitos habilitados expresamente para este tipo de procedimiento.
¿Qué se entiende por delito flagrante?
De acuerdo con el artículo 795.1.1.ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se considera delito flagrante aquel que se está cometiendo o se acaba de cometer, cuando se da alguna de las circunstancias siguientes respecto al delincuente:
- Es sorprendido en el acto de cometer el delito.
- Es detenido inmediatamente después de cometerlo.
- Es perseguido sin interrupción tras cometerlo, aunque no se le haya dado alcance aún.
- Es sorprendido inmediatamente después de cometer el delito con objetos, instrumentos o signos que permiten presumir su participación.
Por tanto, existe delito flagrante tanto en aquellas situaciones que implican la comisión directa del delito como las situaciones donde, por su evidencia inmediata, se deduce claramente la autoría del hecho.
¿Qué delitos se pueden enjuiciar por juicio rápido?
Según el artículo 795.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, estos son los delitos específicos que pueden tramitarse por la vía del juicio rápido, si concurren los requisitos generales mencionados:
Delitos de lesiones, amenazas, coacciones o violencia habitual en el ámbito familiar
Este grupo engloba delitos cometidos contra personas del entorno familiar o de convivencia del autor a las que se refiere el artículo 173.2 del Código Penal.
Delitos de hurto
Delitos como el hurto de objetos con valor superior a 400 euros son enjuiciables por juicio rápido, especialmente cuando hay flagrancia o atestado policial.
Delitos de robo
Tanto el robo con fuerza como el robo con violencia o intimidación pueden tramitarse mediante juicio rápido, siempre que su pena no exceda los límites legales y se cumplan los requisitos de flagrancia o atestado.
Robo o hurto de uso de vehículos
Este delito se da cuando se utiliza un vehículo ajeno sin ánimo de apropiación y se restituye en menos de 48 horas. Es uno de los delitos claramente habilitados para juicio rápido.
Delitos contra la seguridad del tráfico
Aquí se incluyen delitos contra la seguridad vial como:
- Conducir sin carnet.
- Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas (delito de alcoholemia).
- La conducción temeraria.
Estos delitos son típicamente flagrantes, lo que facilita la aplicación del juicio rápido.
Delitos de daños del artículo 263 del Código Penal
Los delitos de daños que son objeto de enjuiciamiento rápido son aquellos a los que se refiere el artículo 263 del Código Penal y que no están incluidos en otros títulos del mismo cuerpo legal.
Se refiere a daños causados a bienes ajenos, siempre que el valor del perjuicio se ajuste a las penas máximas previstas para este procedimiento.
Delitos contra la salud pública
Se enjuician por juicio rápido los delitos previstos en el inciso segundo del artículo 368 del Código Penal, consistentes en delitos leves de tráfico de drogas, especialmente los relacionados con pequeñas cantidades destinadas al consumo compartido.
Delitos contra la propiedad intelectual e industrial
Se trata de los previstos en los artículos 270, 273, 274 y 275 del Código Penal. Incluye delitos como la venta de productos falsificados o copias ilegales, siempre que sean flagrantes.
Delito de allanamiento de morada
Desde el 3 de abril de 2025, se procesa también por juicio rápido el delito de allanamiento de morada previsto en el artículo 202 del Código Penal, siempre que se dé la flagrancia y cumpla con los requisitos de sencillez procesal.
Delito de usurpación del artículo 245 CP
También a partir del 3 de abril de 2025 se incluye en la lista de delitos enjuiciables por juicio rápido el delito de usurpación previsto en el artículo 245 del Código Penal, que se refiere a la ocupación ilegal de viviendas o inmuebles ajenos sin título habilitante.
Hay que tener en cuenta que procederá la aplicación del juicio rápido solo si se cumplen los requisitos de atestado y flagrancia.
¿Cuáles son las ventajas del juicio rápido para el acusado?
El juicio rápido ofrece innegables ventajas para el acusado, teniendo en cuenta que se trata de un delito flagrante, donde el culpable ha sido sorprendido en plena ejecución o con indicios firmes de haberlo cometido, y en el que las posibilidades de defensa se reducen.
La principales ventajas que presenta el juicio rápido para el acusado son:
- Reducción de la pena en un tercio si el acusado presta su conformidad.
- Tramitación más rápida y económica.
- Posibilidad de suspensión o sustitución de la pena de prisión, si es inferior a 2 años.


