Todas las personas son susceptibles de declarar como testigos en un juicio civil o penal, y están obligados a decir la verdad.
El bien jurídico que se protege castigando al falso testimonio es el correcto funcionamiento de la Justicia, ya que el testimonio de una persona es uno de los medios de prueba para quien juzga la veracidad de los hechos.
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Contacte con nosotrosHay que tener en cuenta estas variables:
- Un testimonio falso puede determinar una decisión injusta de la Justicia. Se puede lesionar un interés que debía ser protegido, por eso el falso testimonio es tipificado en el Código Penal como un delito.
- Los testigos en un juicio o procesamiento deben prestar juramento o promesa de no faltar a la verdad, porque de ocurrir lo contrario cometerían el delito de falso testimonio. Los menores que declaren como testigos no tienen esa exigencia.
- El testigo debe ser una persona ajena al procedimiento, no siendo parte de él.
- La acusación por falso testimonio se produce si se comprueba que el testigo cometió dolo, o sea, que tuvo la intención de mentir, para favorecer o ayudar a alguna de las partes.
- Se encuentran exceptuados de ser convocados como testigos aquellas personas que permanentemente estén privadas de la razón o del uso de alguno de los sentidos que debiera usar para ofrecer testimonio.
- Aquel testigo que habiendo dado un testimonio falso en una causa criminal que se retracte en tiempo y forma, diciendo la verdad antes de que se produzca la sentencia condenatoria, quedaría exento de la pena.
Las penas en un juicio civil
Si el testigo falta a la verdad en un juicio civil, se le impone una pena de prisión, que va desde los seis meses a los dos años y también una multa de tres a seis meses.
Si ocurriera que, sin faltar a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes u ocultando hechos o datos que son de relevancia para el proceso que se trata conociéndolos, tendrá una multa de seis a doce meses, con suspensión de su empleo o cargo público, profesión u oficio, desde seis meses a tres años.
Las penas por el delito de falso testimonio en un juicio penal
El testigo que falte a la verdad se expone a una causa criminal por delito. Las penas en este caso son la prisión de uno a tres años y una multa de seis a doce meses.
Si como consecuencia de ese testimonio hubiera como consecuencia una condena, se le impondrán penas superiores en grado. Lo mismo ocurre si se produce un falso testimonio en los Tribunales Internacionales.
Cuando el testigo fuera un perito o un intérprete, las penas anteriores se impondrán en su mitad superior y serán inhabilitados para ejercer sus profesiones por un lapso que va desde los seis a los doce años.
Estableciendo una diferencia con los testigos, el acusado en una causa tiene el derecho a no decir la verdad o a mentir. La Ley establece que está en primer orden el defenderse de la acusación.
Esto implica que el acusado no puede cometer el delito de falso testimonio. Pero, el acusado no puede presentar un testigo que sea falso o que vaya a mentir en el juicio a sabiendas de esa situación, para defender su inocencia. En ese caso sí, estaría cometiendo un delito y tendría las mismas penas que se mencionaron antes.
Si fuera el abogado, el procurador, graduado social o representante del Ministerio Social el responsable en ejercicio de su profesión, se le impondrá la pena en el tercio superior y una inhabilitación especial para cargos públicos.
Otro caso aún más grave lo conforma el hecho de que el testigo o perito falso fuera propuesto por los abogados, los graduados sociales o representantes del Ministerio Social. En ese caso le corresponde la pena de prisión y una inhabilitación especial más grave.
Por tanto, una vez que finaliza un juicio, si resulta evidente el falso testimonio de alguno de los testigos se comienzan las diligencias para acusarlo.
En la actualidad se dispone de muchos medios digitales de grabación, como las grabaciones del juicio y otras que se puedan aportar tanto en forma privada como grabaciones públicas.
Requisito de procedibilidad
La condena por un falso testimonio se produce después de un procedimiento penal y habiendo realizado un juicio oral contra la persona responsable. No derivará de un solo Juez o Tribunal.
Se estima que, para iniciar un proceso por falso testimonio, se debe contar con la verdad procesalmente establecida, en una sentencia firme.
Esa verdad la determina el Tribunal ante el que la persona prestó declaraciones testimoniales, y es el único que puede fijar el contenido de la verdad o realidad, para poder servir después como comparación con las declaraciones del testigo y evaluar si es verdad o no.
Este requisito de procesabilidad, no implica que el Tribunal deba autorizarlo para perseguir el delito, como se exigía antes.
Problemas concursales
Suele suceder que la persona que imputa falsamente en una acusación o denuncia, posteriormente dé un falso testimonio en un juicio oral para corroborar falsamente su versión de los hechos.
Esta situación debe ser resuelta conforme a un concurso de normas, porque se trata de un caso donde hay una progresión delictiva de dos delitos similares, cometidos con dolo por el sujeto.
Al haber acciones dobles para ser sancionadas en el proceso, se toma el delito que se considera más grave en la normativa. A la hora de individualizar la pena se puede tener en cuenta la denuncia falsa del inicio.
En el caso de que en un mismo juicio se realicen varias declaraciones falsas, solo se cometería un único delito de falso testimonio.
En la práctica, sucede que por ayudar a una persona en un proceso judicial se cometan estos delitos de falta de la verdad. Se debe saber que al declarar como testigo una persona está haciendo un juramento a la Justicia, y ella resguardará un bien jurídico colectivo, que es el resguardo de la verdad para el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia.