¿Cuál es el contenido esencial de una citación como investigado?

Contenido de una citación como investigado

Lo habitual es que cualquier persona se alarme al recibir una citación judicial para declarar como investigada en un procedimiento penal. El desasosiego aumenta cuando se desconoce cómo funciona la Administración de Justicia y no se entiende el contenido de la citación.

Por ese motivo, vamos a explicar qué significa cada uno de los términos de una citación utilizando un documento real anonimizado.

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¿Qué significa cada dato que contiene una citación judicial como investigado?

Ejemplo de citación como investigado

1. Juzgado

En este apartado se encuentra el Juzgado de Instrucción que está conociendo del procedimiento penal. Siempre se tratará de un Juzgado de Instrucción, salvo que se esté ante un delito de violencia de género, en cuyo caso el órgano que estará llevando el asunto será un Juzgado de Violencia Sobre la Mujer.

2. Denominación del procedimiento

En el segundo punto se encuentra la denominación del procedimiento. El primer número hace referencia al número del procedimiento (empieza en el 1 y se van asignando de forma progresiva según el orden de entrada) y, el segundo número (después de la barra /) se refiere al año en que se inicia ese concreto expediente.

En el documento usado como modelo se hace referencia a Diligencias Previas. Éste es el nombre que recibe la fase de instrucción del tipo de procedimiento más habitual. No obstante, también se podrá recibir citaciones para “Juicio Rápido” o para asistir al juicio en los “Juicios sobre Delito Leve”. Si se tratara de un procedimiento penal en que se investiga un delito castigado con pena superior a 9 años de prisión (por ejemplo, un homicidio), en lugar de “Diligencias Previas” se llamaría “Sumario”.

Con el número de procedimiento y el Juzgado competente, se podrá identificar plenamente la causa. Además, en la citación se establecerá una calificación provisional del delito que se investiga. En el modelo se hace referencia a un delito de estafa, pero podría ser cualquier otro.

3. Identificación del investigado

El concepto “Investigado” identifica a la persona contra la que inicialmente se dirige el proceso penal, es decir, el presunto autor del delito.

Aparecer como investigado no implica que vaya a haber necesariamente una condena penal. Cuando se recibe una citación para declarar como investigado, se está en la fase de instrucción: aquí se van a practicar una serie de diligencias dirigidas a esclarecer los hechos y, en caso de que no haya indicios de que el inicial investigado es el autor del delito o en caso de que, por ejemplo, el delito haya prescrito, la causa puede archivarse y no llegar a juicio.

Esta primera etapa del procedimiento es esencial y contar con un/a Letrado/a experto/a en Derecho Penal es fundamental, pues el seguimiento de una estrategia de defensa adecuada desde el principio del proceso puede ser determinante para lograr el archivo de la causa o la absolución en el juicio. Por el contrario, errores en esta fase pueden ser irreversibles y desembocar en una inevitable condena.

La citación, por supuesto, no sólo se puede enviar al investigado, también los testigos pueden ser citados.

4. Denominación del documento

Este título recoge la denominación del documento. En el ejemplo se trata de una cédula de citación, que es un documento dirigido a comunicar el deber de comparecencia de una persona ante la autoridad judicial.

5. Objeto de la citación

El objeto de la citación recoge el “para qué” se está citando a una persona. En este caso, se requiere que quien consta como investigado en la causa acuda ante el Juzgado de Instrucción para prestar declaración ante la autoridad judicial.

Antes de prestar declaración, es aconsejable que el Letrado/a que asista al investigado acuda a sede judicial para acceder a los autos y verificar en qué consisten los hechos investigados: si se ha interpuesto denuncia de un particular o no, si el procedimiento se inició por el atestado de la Guardia Civil o la Policía, si se han aportado pruebas, si se han solicitado otras diligencias de investigación, de qué fecha son los hechos, etc.

De este modo, el investigado puede preparar con su Letrado/a la declaración y trazar una estrategia con antelación suficiente, garantizando así el derecho de defensa de la persona investigada.

6. Lugar

Dispone el lugar al que debe acudir la persona citada para prestar declaración. Concretamente, cuando se va a declarar, el investigado ha de acudir con la Cédula de citación y su DNI (o NIE) a la Secretaría del Juzgado y comunicar que ya ha llegado. De este modo, el personal de la Oficina Judicial irá preparando la comparecencia.

Destacar que cuando el investigado acude por primera vez al Juzgado a prestar declaración, habrá de firmar la hoja de información de derechos. Se trata de un documento que facilitan los funcionarios de la Secretaría del Juzgado donde se aparecen por escrito todos los derechos de la persona investigada, de modo que se garantice su conocimiento. La persona investigada podrá quedarse con una copia de esa hoja.

7. Fecha y hora

Dispone la fecha y la hora en que habrá de prestarse declaración.

8. Prevenciones legales

Las prevenciones legales, como su propio nombre indica, contiene una serie de advertencias que el investigado ha de tener en cuenta antes de la declaración.

  • El deber de comparecer asistido por Abogado/a. Realmente se trata de un derecho, en tanto toda persona investigada en el proceso penal ha de contar con defensa Letrada. No puede tomarse declaración al investigado sin la asistencia de un Abogado, que puede ser elegido por el propio investigado, o bien del turno de oficio. Si se quiere solicitar un abogado del turno de oficio habrá de llamar al Juzgado (el teléfono aparece en el margen superior izquierdo de la citación) y comunicarlo con antelación.
  • El deber de comparecer. Si no se asiste a la declaración, el Juzgado puede ordenar la puesta en busca y captura del investigado. Salvo que el investigado no pueda acudir por causa justificada, por ejemplo, enfermedad, operación, parto, fallecimiento de un familiar, etc.
  • También habrá de acudir con la cédula de citación y el DNI (o NIE). Ahora bien, si se olvida la cédula de citación, existen múltiples recursos para subsanar esta deficiencia. Con la exhibición del DNI o Nie se acredita la identidad del investigado y se verifica en la Secretaría del Juzgado que está citado para prestar declaración ese día.

Recomendaciones finales tras recibir una citación para declarar como investigado

Cuando se recibe una citación de este tipo, aconsejamos la puesta en contacto inmediata con un Abogado/a experto en Derecho Penal, con quien poder diseñar desde el primer momento la mejor estrategia de defensa para el caso concreto.

En Dexia Abogados somos especialistas en Derecho Penal. Puede ponerse en contacto con nosotros a través de cualquiera de las vías que figuran en nuestra página web.

Isabel Moral Zamorano
Isabel Moral Zamorano

Abogada especialista en derecho penal y criminóloga. Graduada en Derecho y Criminología por la Universidad Rey Juan Carlos (2015/2020) y Máster Universitario en Acceso a la Profesión de Abogado por la Universidad Complutense (2021/2022).

Desde agosto de 2022 forma parte del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (colegiada número 137.078).

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