¿Qué entendemos por “concurso de delitos”? Este fenómeno jurídico se produce cuando se comete una o varias acciones (u omisiones) que infrinjan simultáneamente más de un artículo del Código Penal, o el mismo varias veces dando lugar a varios delitos.
Dicho esto, podemos distinguir las siguientes modalidades de concursos, que explicamos a continuación.
Podemos ayudarle
En Dexia Abogados somos abogados especialistas en derecho penal en Madrid. Si necesita un despacho penalista con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
Contacte con nosotros1. Concurso real
¿Cuándo se produce un concurso real?
Se produce cuando varias acciones independientes dan lugar a varios delitos.
¿Cómo se calculan las penas de estos delitos?
En este caso la regla general es la de acumular las penas, esto es, la imposición de todas las penas correspondientes a las distintas infracciones para su cumplimiento simultáneo, si es posible por su naturaleza y efectos, o sucesivo, siguiendo el orden de su respectiva gravedad. Esta suma de penas puede ocasionar una pena final desproporcionada para la gravedad de las infracciones cometidas.
Para mitigar este efecto existen unos límites a la acumulación:
- Límite absoluto.
- Situaciones normales: la pena máxima resultante del concurso (suma de penas) no puede superar los 20 años.
- Situaciones excepcionales:
- El límite máximo es de 25 años cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión de hasta 20 años.
- Límite máximo es de 30 años cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos (que no sean de terrorismo) y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
- El límite máximo es de 40 años cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, dos de ellos estén castigados por la ley con pena de prisión superior a 20 años; o bien, el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
- Si al menos uno de los delitos por los que ha sido condenado el autor está sancionado con la pena de prisión permanente revisable, se debe tener en cuenta la valoración conjunta de todos los hechos a efectos de la posible suspensión de la pena, así como la progresión a tercer grado si concurren otros delitos.
- Límite relativo. Se vincula a la gravedad de los distintos delitos del concurso. Podría existir desproporcionalidad entre una pena muy severa y otra de poca entidad, el Código Penal establece que la pena final tras la acumulación no puede superar el triple del tiempo por el que se imponga la más grave de las penas.
2. Concurso ideal
¿Cuándo estamos ante un concurso ideal?
El concurso ideal se da cuando una sola acción da lugar a varios delitos; la regla general es la absorción agravada.
¿En qué consiste esta absorción agravada?
Se aplica la pena prevista para la infracción más grave en su mitad superior.
Pongamos un ejemplo: En caso de delitos donde ambas penas son de cárcel: delito A, condena por 2 a 4 años de prisión; delito B, condena por 3 a 6 meses de prisión. Se toma la pena del delito A y se calcula en su mitad superior (de 3 años más 1 día a 4 años).
¿Existe algún límite?
La pena superior aplicable no puede superar las penas concretas que hubieran sido impuestas separadamente a cada uno de los delitos.
3. Concurso medial
¿Cuándo se produce un concurso de delitos medial?
Existe concurso medial cuando se comete un delito para cometer otro, es decir, que cometes un delito como medio necesario; la regla general es la de la exasperación.
¿En qué consiste esta regla?
La pena a imponer debe ser superior a la que habría correspondido a la infracción más grave.
¿Existe algún límite?
La pena superior aplicable no puede superar las penas concretas que hubieran sido impuestas separadamente a cada uno de los delitos.
Pongamos un ejemplo: Cometes el delito A (con pena de prisión de 15 a 20 años) como medio necesario para cometer el delito B (con pena de prisión de 6 a 10 años). Tomaríamos como referencia el delito A y su pena y la pena superior en grado sería de 20 a 30 años de prisión.
4. Delito continuado
Estamos ante este tipo de delito cuando varias acciones u omisiones realizadas en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, que ofendan a uno o a varios sujetos e infrinjan el mismo o semejantes preceptos.
Pongamos un ejemplo de delito continuado: Un dependiente que se lleva todos los días 20 euros de la caja del supermercado durante 3 años. El delito básico de hurto se convertiría en delito agravado por la cuantía.
¿Cómo calculamos la pena?
En el supuesto de que el delito no tenga carácter patrimonial se impone la pena de la infracción más grave en su mitad superior, pudiendo llegar hasta la mitad inferior de la pena superior en grado (mismo cálculo que en el concurso ideal).
En el supuesto de que el delito sí que tenga carácter patrimonial, se impondrá la pena teniendo en cuenta el perjuicio total causado.