La citación judicial como investigado

La citación judicial como investigado

El investigado en un proceso penal es aquella persona a la que se le atribuye la presunta comisión de un delito que está siendo investigado por la Autoridad judicial. ¿Pero cómo se realiza la citación judicial del investigado?

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¿Qué es la notificación judicial del investigado?

Una citación judicial es una notificación oficial de un juzgado que ordena a una persona determinada que se presente ante el tribunal en la fecha y hora indicados. La citación se dirige al denunciado o investigado, pero también al denunciante o querellante e incluso a peritos y testigos.

El documento contiene un mandato para que el investigado se presente para prestar declaración ante el juez, para la celebración del juicio o para cualquier otra comparecencia personal. Normalmente, este escrito se envía a través de correo certificado con acuse de recibo al domicilio del destinatario. Pero, si el investigado no tiene domicilio conocido, el juez instructor tiene que ordenar lo conveniente para averiguar la dirección.

Lo más habitual es que el propio investigado recoja la notificación. Pero, si no se encuentra en casa en el momento en el que llevan la citación, cualquier pariente o familiar mayor de 14 años que se encuentre en el domicilio puede recogerla, e incluso un vecino. En todo caso, tienen la obligación de entregar la citación al interesado bajo pena de multa.

Las citaciones y los emplazamientos judiciales se regulan en el artículo 175 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (en relación con los artículos 166 y ss. de la misma Ley).

Requisitos de la notificación judicial del investigado

El contenido que necesariamente deberá constar en la cédula de citación, recogido expresamente en el artículo 175 LECrim, es el siguiente:

  1. El juzgado o tribunal que emite la resolución, la fecha y la causa en que recae.
  2. El lugar, la fecha y la hora en que deberá comparecer la persona citada.
  3. Nombre, apellidos y domicilio.
  4. El objeto de la citación y la calidad en la que es citado (investigado, denunciante, testigo o perito).
  5. La obligación de concurrir al primer llamamiento bajo pena de multa de 200 a 5.000 euros. Y, si se trata del segundo llamamiento, la obligación de concurrir bajo apercibimiento de ser perseguido como reo del delito de obstrucción a la justicia tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal.

¿Cómo despliega sus efectos la citación del investigado?

Las consecuencias de la citación como investigado son diferentes si se juzga un delito leve, un delito que abre un procedimiento abreviado o un delito que inicia un procedimiento ordinario.

Si se trata de un delito leve, puede citarse al investigado para que emita su primera declaración ante el juzgado de guardia o para que se persone en la celebración directa del juicio por delito leve.

Por otro lado, si la citación se realiza al hilo de un procedimiento abreviado u ordinario, habrá necesariamente dos citaciones. En la primera se cita al investigado para que declare ante el juez de instrucción. Ya en la fase del juicio oral, se emite otra citación para que el investigado se presente a la celebración del juicio oral.

Todo ello sin perjuicio de los emplazamientos que se practiquen para notificar personalmente al investigado determinadas resoluciones, como el auto de apertura de juicio oral junto con los escritos de acusación.

¿Qué derechos tengo si me llega una notificación como investigado en un proceso penal?

Toda persona que recibe una citación como investigado en un proceso penal tiene reconocidos una serie de derechos. Los más importantes son los siguientes:

  • Derecho a ser informado de todos los hechos que se le imputan y de los cambios relevantes en la investigación en un lenguaje comprensible y accesible.
  • Emisión de la citación con tiempo suficiente para ejercer el derecho de defensa.
  • Derecho a actuar en el proceso en su propia defensa.
  • Derecho a designar libremente un abogado y a solicitar asistencia jurídica gratuita.
  • El derecho a no declarar contra sí mismo y a no declararse culpable.
  • Derecho a guardar silencio y a no prestar declaración o no responder a alguna o algunas de las preguntas.
  • Derecho a traducción e interpretación gratuitas.

Consecuencias de ignorar una citación judicial como investigado

Según lo dispuesto en el artículo 967.2 LECrim, si los citados como partes, los testigos y los peritos no comparecen ni alegan justa causa para dejar de hacerlo, podrán ser sancionados con una multa de 200 a 2.000 euros cuando se está enjuiciando un delito leve.

Cuando se trata de un procedimiento abreviado u ordinario, se aplicará el artículo 175.5 LECrim: multa de 200 a 5.000 euros si es el primer llamamiento y ser perseguido como reo del delito de obstrucción a la justicia si es el segundo.

Además, si el imputado no comparece ni justifica su ausencia, la orden de comparecencia podrá convertirse en orden de detención, según lo dispuesto en el artículo LECrim. No obstante, la ausencia injustificada del investigado no impide la celebración del juicio en rebeldía y tampoco que se emita sentencia siempre que se cumplan los requisitos del artículo 786 LECrim:

  • Que el acusado haya sido citado correctamente, conforme a las prescripciones legales, y aún así no comparezca injustificadamente.
  • Que la pena solicitada no supere los 2 años de prisión (o los 6 años cuando la pena sea de distinta naturaleza).
  • Que el Ministerio Fiscal o la acusación particular, oída la defensa, entiendan que concurren elementos suficientes para la celebración del juicio sin el acusado.
Isabel Moral Zamorano
Isabel Moral Zamorano

Abogada especialista en derecho penal y criminóloga. Graduada en Derecho y Criminología por la Universidad Rey Juan Carlos (2015/2020) y Máster Universitario en Acceso a la Profesión de Abogado por la Universidad Complutense (2021/2022).

Desde agosto de 2022 forma parte del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (colegiada número 137.078).

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