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¿Es delito grabar una conversación sin permiso?

La grabación de una conversación sin permiso puede constituir un delito grave contra la intimidad, según lo establecido en el artículo 197.1 del Código Penal. Según este precepto, la persona que cometa este delito puede recibir una pena máxima de hasta cuatro años de cárcel.

Vulnerar la intimidad de otras personas o descubrir secretos utilizando este método es sumamente delicado y puede tener consecuencias significativas para la persona.

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¿Qué es el secreto de sumario?

El sumario hace referencia a las diligencias de investigación, cuya finalidad es, esclarecer todas las circunstancias relativas al hecho que ha iniciado el procedimiento que sean relevantes a efectos penales y preparar el juicio oral.

Pues bien: es habitual que se ordene el secreto de sumario en un caso que está siendo investigado. En este post explicamos qué significa esta declaración.

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La riña tumultuaria en el Código Penal

La riña tumultuaria es un delito tipificado en el artículo 154 del Código Penal. Lo cometen aquellos que riñen entre sí, acometiéndose tumultuariamente, y utilizando medios o instrumentos que ponen en peligro la vida o integridad de las personas.

Este delito se encuentra regulado en el Título III del Libro II del Código Penal, relativo a las lesiones. No obstante, se trata de un delito un tanto distinto a los restantes del mismo Título, en la medida en que no tiene que concretarse en ningún resultado lesivo, sino que basta con que se produzca la situación de peligro descrita.

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El principio de irretroactividad de las leyes penales

El principio de irretroactividad de las leyes penales consiste en que unos hechos solo pueden ser castigados como delito si se consideraban como tal en el momento en que se cometieron, y con las penas que en esa fecha conllevaba ese delito.

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El delito de amenazas y sus tipos

Dentro de los delitos contra la libertad encontramos el delito de amenazas, que a su vez tiene varios tipos que a continuación desglosaremos, pero antes vamos a definir qué son las amenazas.

Entendemos que hay amenazas cuando se realiza una acción o se emite una expresión con la que se anticipa a la pretensión de hacer daño o de poner en peligro a otra persona.

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